(427 visitas) 05-05-2023 gestionforever.es
La Norma 19 SEPA se refiere a un conjunto de reglas y procedimientos estandarizados utilizados para la transferencia de pagos en euros dentro del Área Única de Pagos en Euros (SEPA, por sus siglas en inglés).
La Norma 19 SEPA se aplica específicamente a los pagos directos entre cuentas bancarias, en los que un cliente da instrucciones a su banco para transferir fondos de su cuenta a la cuenta de otra persona o empresa en la zona SEPA. La Norma 19 SEPA establece requisitos específicos para la información que debe incluirse en estas transferencias, incluido el nombre y la dirección del beneficiario, el número de cuenta bancaria y el IBAN (International Bank Account Number).
El objetivo de la Norma 19 SEPA es mejorar la eficiencia y la rapidez de las transferencias de pago dentro de la zona SEPA, y reducir los costos para los usuarios de estos servicios.
La Norma 19 y la Norma 54 se refieren a dos conjuntos de reglas diferentes para la transferencia de pagos en euros dentro del Área Única de Pagos en Euros (SEPA).
La Norma 19 SEPA se aplica a las transferencias directas entre cuentas bancarias, en las que un cliente da instrucciones a su banco para transferir fondos de su cuenta a la cuenta de otra persona o empresa en la zona SEPA. La Norma 19 establece requisitos específicos para la información que debe incluirse en estas transferencias, como el nombre y la dirección del beneficiario, el número de cuenta bancaria y el IBAN (International Bank Account Number).
Por otro lado, la Norma 54 SEPA se refiere a las domiciliaciones bancarias, también conocidas como adeudos directos SEPA. En este caso, el beneficiario de un pago solicita a su banco que obtenga el pago de un deudor en su cuenta bancaria. La Norma 54 establece requisitos específicos para la información que debe incluirse en estos adeudos, como el nombre y la dirección del deudor, el número de cuenta bancaria y el mandato de adeudo SEPA.
En resumen, la principal diferencia entre la Norma 19 y la Norma 54 es que la primera se aplica a las transferencias directas entre cuentas bancarias, mientras que la segunda se aplica a las domiciliaciones bancarias o adeudos directos SEPA. Ambas normas establecen requisitos específicos para la información que se debe incluir en las transferencias o adeudos, pero la información necesaria varía según el tipo de transacción.
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